octubre 25, 2025

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Ratificada condena de 14 años por secuestro y tortura a integrantes de la Primera Linea.

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La reciente confirmación de la condena contra Sergio Andrés Pastor, conocido como “alias 19”, y sus coacusados por parte del Tribunal Superior de Bogotá, arrojó luz sobre los escalofriantes detalles del incidente de tortura que fue central en el proceso judicial.

Los hechos, que se desarrollaron en medio del denominado “estallido social” de 2021, trascendieron los límites de la protesta legítima, adentrándose en actos de violencia que el tribunal no dudó en condenar con severidad.

Uno de los episodios más contundentes que pesó sobre la condena fue la retención de un hombre al que se le acusó de pertenecer a la Policía Nacional.

La víctima, identificada como Luis Miguel Jaramillo, fue secuestrada, sometida a tortura y obligada a confesar un supuesto interés en infiltrar las movilizaciones. Las pruebas presentadas durante el juicio describieron un escenario desgarrador: el hombre fue conducido al interior de un campamento ubicado en un parque, donde le robaron sus pertenencias y, en un acto degradante, le quitaron el pantalón.

Lo que siguió fue un calvario de dos horas, durante las cuales sus manos y pies fueron atados con cuerdas a un poste, mientras le infligían dolores físicos y psicológicos. Se utilizaron palos y maderas, se le provocaron punciones con arma blanca, lo cubrieron de pintura y, en un gesto de intimidación atroz, lo rociaron con gasolina, amenazándolo con quemarlo vivo. Todo esto, con el fin de extraer información sobre la institución policial y el paradero de otra persona de su conocimiento, cuya identidad no se reveló en el proceso probatorio del juicio oral.

El tribunal fue inequívoco al sentenciar que estas acciones no solo estaban fuera del marco de los derechos de protesta, sino que constituían agresiones físicas y psicológicas que desbordaron por completo el propósito de la movilización social.

La corte aseveró que los implicados ejecutaron actos que “desnaturalizaron el fin de la protesta social a tal punto de imponerse violentamente ‘frente a cualquiera quien sin motivo razonable suponían se trataba de un oponente’, provocando graves consecuencias”.

La intención de infligir dolor para obtener una confesión, castigarlo bajo el argumento de ser un infiltrado, y conseguir información de la institución, fue la base de la condena, destacando que la supuesta pertenencia de la víctima a la Policía Nacional nunca fue comprobada.

Este veredicto envía un claro mensaje sobre los límites de la protesta y la importancia de la dignidad humana.

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